viernes, 5 de junio de 2009

SUNAT SIMPLIFICA DECLARACIÓN Y PAGO DE IMPUESTOS

El jueves 04 de junio se ha publicado en El Peruano la Resolución de Superintendencia Nº 120-2009/SUNAT, con la cual la SUNAT aprueba disposiciones para simplificar la declaración y pago mensual del IGV, del Impuesto a la Renta de tercera categoría y la declaración – pago del RUS, mediante formularios virtuales.



El nuevo sistema de declaración y pago mediante formularios virtuales será optativo y regirá desde el periodo mayo que vence en junio de 2009.



FORMULARIOS:



ü Formulario Virtual Nº 621 Simplificado IGV- Renta Mensual: Para el pago del IGV e IPM; pago a cuenta del IR de tercera categoría, régimen general; y régimen especial. Cada uno de estos conceptos constituye una declaración independiente.



Pueden usar este formulario los contribuyentes obligados a utilizar el PDT IGV- Renta Mensual; o los Formularios 118 (RER) o 119 (Régimen General), siempre que no estén afectos al Impuesto a la Venta del Arroz Pilado; no sean beneficiarios de reintegro tributario; y no requieran consignar información en las casillas que a continuación se indican:



- Descuentos y bonificaciones; exportaciones; ventas no gravadas;

- Compras nacionales destinadas a ventas gravadas y no gravadas; compras nacionales destinadas a operaciones no gravadas; compras internas no gravadas;

- Importaciones destinadas a ventas gravadas; importaciones destinadas a ventas gravadas y no gravadas; importaciones destinadas a ventas no gravadas; importaciones no gravadas;

- Otros créditos del IGV; percepciones; retenciones; saldo a favor del IR; retenciones por IR; crédito del ITAN y otros créditos permitidos por ley.



ü Formulario Virtual Nº 1611- Declaración Jurada Pago Mensual – Nuevo Régimen Único Simplificado: Puede ser usado por los sujetos del Nuevo RUS y cuenten con código de usuario y clave SOL.



PRESENTACIÓN:



ü Los indicados formularios se usarán a partir de la declaración del periodo tributario mayo que vence en junio 2009.

ü Para la presentación debe ingresarse a SUNAT Operaciones en Línea con el código de usuario y la clave SOL respectiva.

ü La cancelación puede hacerse mediante débito en cuenta (ordenando al banco el pago mensual correspondiente) ; o mediante tarjeta de crédito o débito (consignando el impuesto mensual a pagar).



El sistema de SUNAT virtual emitirá constancia de la declaración, la que podrá ser impresa por el contribuyente.



Seguiremos informando



Lima, 04 de junio de 2009

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